El Ayuntamiento de Morata de Tajuña, a través de las concejalías de Bienestar Social y Hacienda, ha presentado las ayudas para la mejora de la habitabilidad de las viviendas de personas mayores y/o con discapacidad funcional.

La medida responde al afán del Consistorio por mejorar la vida del conjunto de los vecinos y vecinas, y más en concreto de los colectivos con mayores dificultades, tanto económicas como motoras. Por ello, ha puesto en marcha, por primera vez en el municipio, esta línea de ayudas con cargo a los Presupuestos de 2017, pero con el claro objetivo de prolongarlas en futuros presupuestos. En total, serán 15.000 euros los que el Equipo de Gobierno destine a esta partida de transferencias sociales a las familias de la localidad.

Hay que reseñar que la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local ha limitado la competencia de los municipios en materia de servicios sociales, en un claro atentado a la autonomía local (administración más cercana al ciudadano) a la evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social.

No obstante la Disposición transitoria segunda de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, establece que con fecha 31 de diciembre de 2015, en los términos previstos en las normas reguladoras de financiación autonómica y de las Haciendas Locales, las Comunidades Autónomas asumirán la titularidad de las competencias que se preveían como propias del Municipio, relativas a la prestación de los servicios sociales y de promoción y reinserción social.

En consecuencia y hasta que la Comunidad de Madrid asuma la titularidad de las competencias a que se ha hecho referencia, este Ayuntamiento, a través de la Concejalía de Bienestar Social y Salubridad Pública pone en marcha la presente convocatoria.

¿En qué consisten las ayudas?

Las ayudas están dirigidas a adaptaciones funcionales del hogar que no supongan una mejora sustancial de la vivienda, pero que eliminen barreras arquitectónicas, faciliten la movilidad interior, aumenten la seguridad en el entorno doméstico o eliminen el riesgo de accidentes.

  • Cambios de bañera por plato de ducha.
  • Asientos o tablas giratorias para instalación en bañera o ducha.
  • Sustitución de grifos tradicionales por monomando para facilitar su apertura y regulación térmica a personas con dificultades en las manos.
  • Adaptación de baño geriátrico.
  • Ensanchar una puerta de acceso para permitir paso con silla de ruedas, cambiar un tabique, suprimir escalones.
  • Instalación de agarradores o barandillas en el interior de la vivienda así como sillas adaptadas para la bañera o ducha.
  • Otras de similares características que aumenten la seguridad del usuario en el entorno doméstico.

La partida también contempla ayudas para el acondicionamiento de la vivienda y otras tareas que posibiliten el mantenimiento de unas condiciones higiénico-sanitarias básicas.

¿Qué requisitos he de cumplir para solicitar estas ayudas?

Podrán ser beneficiarios de las ayudas todas las personas físicas que reúnan los siguientes requisitos:

1. Tener cumplidos los 65 años de edad o cumplirlos a lo largo del año 2017. También podrán acceder personas con menos de 65 años en situación de diversidad funcional, con calificación de dependencia Grado 3 o superior, acreditada a través del certificado de diversidad funcional y baremo de movilidad reducida positivo.

2. Estar empadronado en el municipio de Morata de Tajuña.

3. Ser propietario de la vivienda para la que se solicita la ayuda o, ser arrendatario con anterioridad al año 1995. En estos casos, se deberá presentar la autorización expresa del propietario.

En el supuesto de no ser titular de la vivienda deberá tener la cesión en usufructo acreditado documentalmente salvo en el caso de fallecimiento del cónyuge, situación en la que no tendrá que solicitar autorización expresa de sus hijos.

En todos los supuestos antes mencionados se debe residir habitualmente en la vivienda, acreditado mediante certificado de empadronamiento.

4. Vivir solo o con otras personas mayores de 65 años o menor de dicha edad con calificación de dependencia Grado 3 o superior.

5. Que la obra para la que se solicita la ayuda no esté realizada con anterioridad a la resolución en la que se apruebe la concesión de la ayuda.

6. Que el solicitante no haya sido beneficiario de ayudas de Comunidad de Madrid para esta misma finalidad.

¿Cuál es la cuantía de las ayudas?

El importe de la ayuda será el coste real del acondicionamiento, reforma o adaptación, siempre con el límite máximo de 1.200€.

¿Hasta cuándo puedo solicitar las ayudas?

Hasta el próximo 4 de diciembre podremos solicitar las ayudas para el acondicionamiento de las viviendas de personas mayores o con discapacidad que residan en el municipio.

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